domingo, 26 de diciembre de 2010

Thomas Hobbes, El Leviatán



Thomas Hobbes (1588-1679), en la introducción que hace a Leviatán: o la materia, forma y poder de una república, eclesiástica y civil (1651), dice que llama Leviatán a la República o al Estado (civitas) que lo compara como un hombre artificial, en donde la soberanía es un alma artificial que da movimiento al cuerpo entero; los magistrados y otros funcionarios de la judicatura y el poder ejecutivo son nexos artificiales; y la recompensa y el castigo son los nervios que actúan igual que el cuerpo natural; mientras la riqueza y la abundancia de todos los miembros constituye su potencia. Llama salvación del pueblo a los negocios, los consejeros que informan sobre cualquier cosa son la memoria; la equidad y las leyes, una voluntad y una razón artificiales; la concordia es la salud; la sedición la enfermedad y la guerra civil, la muerte. Por último los convenios mediante los cuales las partes de este cuerpo político se crean, combinan y unen entre sí, lo asemeja a aquel fiat, o hagamos al hombre pronunciado por Dios en la Creación. Y concluye:
"Aunque un hombre pueda leer a otro por sus acciones, de un modo perfecto, sólo puede hacerlo con sus circunstantes, que son muy pocos. Quien ha de gobernar una nación entera debe leer, en sí mismo, no a ese o aquel hombre, sino a la humanidad, cosa que resulta más difícil que aprender cualquier idioma o ciencia; cuando yo haya expuesto ordenadamente el resultado de mi propia lectura, los demás no tendrán otra molestia sino la de comprobar si en si mismos llegan a análogas conclusiones. Porque este género de doctrina no admite otra comprobación".
[Véase, Thomas Hobbes, Leviatán: o la materia, forma y poder de una república, eclesiástica y civil, México, Fondo de Cultura Económica, 14 reimpr., 2006, págs. 3-5].


martes, 7 de diciembre de 2010

Tomás Moro vs. Juan Bodino.



Tomás Moro (1478-1535), literato y estadista se opuso al acta del Parlamento, que declaraba nulo el matrimonio de Enrique VIII y Catalina de Aragón y designaba para la sucesión al hijo del segundo matrimonio del rey con Ana Bolena, por ello fue condenado a muerte y decapitado. Sus puntos de vista filosóficos y políticos quedaron reflejados en su libro Utopía (1516), especie de novela filosófica en la que sus pensamientos son enunciados por un filósofo llamado Rafael Hitlodeo. Relata en el Libro I todos los males sociales y económicos que pesan sobre la Inglaterra de su tiempo (la aristocracia terrateniente iba sustituyendo los cultivos de cereales por los pastos para carneros, de cuya lana obtenían una mayor renta. Los campesinos eran expulsados de las casas y fincas, no teniendo otro remedio que mendigar o robar para subsistir a lo que la corona reaccionó imponiendo leyes muy duras), para exponernos en el Libro II, lo que había conocido en una isla ignorada, bautizada Utopía en uno de los viajes de Américo Vespucio. Moro piensa que:
"he llegado a la conclusión de que si no se suprime la propiedad privada, es casi imposible arbitrar un método de justicia distributiva, ni administrar acertadamente las cosas humanas. Mientras aquella subsista, continuará pesando sobre las espaldas de la mayor parte de la humanidad, el angustioso e inevitable azote de la pobreza y de la miseria".
Moro pretende una reforma radical del orden social, siendo suprimida la propiedad privada en su isla Utopía, siendo su característica principal la tolerancia religiosa. Todos reconocen la existencia de un Dios creador del universo y autor de su orden providencial; pero cada uno lo concibe y lo venera a su manera. La fe cristiana coexiste con las otras, y tan sólo se condena y es excluida la intolerancia de quien condena o amenaza a los creyentes de otra confesión religiosa diferente. Cada uno puede intentar convencer al otro sin violencia y sin injuria, pero nadie puede violar la libertad religiosa de otro. 
Si Tomás Moro había idealizado en el estado de Utopía la estructura de una comunidad conforme a la razón, Juan Bodino (1530-1596) se coloca por el contrario, explícitamente en el plano de la realidad política y analiza los principios jurídicos de un estado racional. Para Bodino el límite intrínseco del poder soberano, sometido a la ley natural y divina, permite establecer la regla de que el príncipe soberano está obligado a observar los compromisos por él contraídos, tanto con sus propios súbditos como con el extranjero, obligado pues a a respetar la justicia de todas sus acciones. Un príncipe no puede ser perjuro, con lo que afirma dos principios relevantes, el límite de la soberanía y la indivisibilidad del poder soberano:
"La más notable diferencia entre el rey y el tirano es que el rey se conforma a las leyes de la naturaleza, el tirano las pisotea; el uno cultiva la piedad, la justicia y la fe, el otro no tiene Dios, ni fe ni ley".
Defiende la monarquía como el mejor gobierno, aunque cree que lo propio de la aristocracia sea la justicia distributiva o geométrica, que reparte los bienes según los méritos de cada uno; del gobierno popular es propia la justicia conmutativa o aritmética, que tiende a la igualdad. La justicia perfecta es la armónica que se compone de las dos: y tal justicia es propia de las monarquías reales. Como Tomás Moro, Bodino considera propio de la comunidad racionalmente organizada el principio de la tolerancia religiosa, como fundamento del orden civil en la mejor república. 
[Véase, Tomás Moro, Utopía, Madrid, Alianza Editorial, 1990, cit., pág. 104; AA.VV, Filosofía Moderna, en Histotia del Pensamiento, Madrid, Sarpe, 1988, 6 Vols. Vol. IV, págs. 55-58].